Condiciones y requisitos de la línea de avales para empresas y autónomos por el coronavirus
31 de marzo de 2020
El RDL 8/2020, de 17 de marzo, aprobó una línea de avales para las empresas y los autónomos, con el objetivo de garantizar la liquidez necesaria para sostener la actividad económica ante las dificultades consecuencia de la crisis del coronavirus. Con estos avales el Estado se compromete a garantizar hasta el 80%, facilitando que la entidad financiera conceda la financiación necesaria. Para acceder a estos avales, las empresas y los autónomos interesados deberán dirigirse a sus entidades financieras hasta el 30 de septiembre de 2020 y formalizar nuevas operaciones de financiación o renovación de las existentes. En este sentido, la Resolución de 25 de marzo de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, aprueba las condiciones y requisitos para acceder al primer tramo de esta línea de avales.Términos de esta línea de avales:
- Requisitos de los solicitantes de financiación:
- Ser un trabajador autónomo y o una empresa de cualquier sector de actividad que tenga domicilio social en España y que se haya visto afectado por los efectos económicos del COVID-19
- No figurar en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) a 31 de diciembre de 2019.
- No estar sujeto a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020.
- Operaciones que pueden ser avaladas:
- Importe máximo por cliente:
- Plazo del aval:
- Tipo de interés y coste del aval: